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Quiroz: Historia de la corrupción en el Perú

1. Reportes de Ulloa 1749, 1763  y 1771 contra corruptos: El fracaso de las reformas coloniales, 1750-1820

notas


de Alfonso W. Quiroz (2013) - Traducción de Javier Flores Espinoza - IEP Instituto de Estudios Peruanos

Horacio Urteaga 694, Lima 11 - Telf. (511) 332-6194 - Web: www.iep.org.pe

A don Alfonso Martín y a sus ilustres abuelos

presentado por Michael Palomino (2023)

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1. Ulloa, Antonio de. «Relación de Gobierno del Capitán de Navío de la Real Armada dn.
Antonio de Ulloa; en la Villa de Huancavelica; su Real Mina, Gremio de Mineros; Cajas
Reales de Guancavelica, y demás del reino donde se hace expendio de azogues; Gobierno

[p.59]

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Civil y Político de la villa, y de la Provincia de Angaraes, desde el día 4 de noviembre de
1758 que tomó el mando, hasta 10 de febrero de 1763», firmada por Antonio de Ulloa
en Huancavelica (última entrada: 15 de mayo de 1763), 206 ff., ms. II/2453, Biblioteca
del Palacio Real, Madrid (en adelante, BPR), ff. 3v, 88, 91 y 101v. Este es un duplicado de
la «Relación de Gobierno» (exactamente el mismo título, sin foliación) firmada por Ulloa
en Huancavelica y enviada al Rey y al Consejo de Indias con carta a Ulloa a S. M. el Rey,
Huancavelica, 20 de junio de 1763, documento en el que el remitente reiteraba sus pedidos
previos de que se le relevara y se le permitiera retornar a España. Ambos documentos
se encuentran en «Correspondencia y nombramientos de gobernadores de Huancavelica
1763-1795», Gobierno, Lima, leg. 777, Archivo General de Indias, Sevilla (en adelante,
AGI). Una tercera copia, sin firma de Ulloa, lleva el título «Relación circunstanciada del
Gobierno y Superintendencia de la Real Mina de Asogues de la villa de Huancavelica desde
el 4 de noviembre de 1758 hasta 11 de mayo de 1763». En Mapas y Planos: Libros
Manuscritos, leg. 67 (microfilm n.° 42/ C-11162), AGI. Detalles sobre su nombramiento
original y arreglos de viaje en «Licencia a Dn. Antonio de Ulloa para jurar en la Real
Audiencia de la Contratación de Cádiz el empleo de Gobernador de Huancavelica», Buen
Retiro, 6 de septiembre de 1757, Contratación, leg. 5500, n.° 3, r. 26, AGI.

2. «Discurso y reflexiones políticas sobre el estado presente de la Marina de los reynos del
Perú, su gobierno, arsenales, maestranzas, viajes, armamentos, plana mayor de sus oficiales,
sus sueldos, de los navíos, marchantes, gobierno, reximen particular de aquellos avitadores,
y abusos que se han introducido en un y otro. Dase individual noticia de las causales de su

[p.60]

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origen, y se propones algunos medios para evitarlas. Escritas de orden del Rey, Nro. Sor.
por Don Jorge Juan, Comendador de Águila en el Orden de San Juan, y Don Antonio de
Ulloa, miembros de la Real Sociedad de Londres, socios correspondientes de la Academia
Real de las Ciencias de París, y Capitanes de Navío de la Real Armada. Año de 1749. Del
uso del Sr. Dr. D. José Antonio de Areche de la distinguida Rl. Orn. Española de Carlos
III del Consejo de S.M. en el Supremo de Indias y Visitador General de los reinos del
Perú», Manuscrito II/1468, BPR. Hay al menos cinco otras versiones manuscritas de este
documento; la aquí citada perteneció a Areche, consejero real y visitador del Perú. Véase,
también, Whitaker, Arthur. «Antonio de Ulloa». En Hispanic American Historical Review 15,
1935, pp. 155-194, esp. 158-159, 166 y 174.

3. Juan, Jorge y Antonio de Ulloa. Noticias secretas de América sobre el estado naval, militar y político
de los reinos del Perú y provincias de Quito, costas de Nueva Granada y Chile; gobierno y régimen particular
de los pueblos de indios; cruel opresión y extorsiones de sus corregidores y curas; abusos escandalosos
introducidos entre estos habitantes por los misioneros; causas de su origen y motivos de su continuación por
el espacio de tres siglos. Escritas fielmente según las instrucciones del excelentísimo señor marqués de la
Ensenada, primer secretario de Estado, y presentadas en informe secreto a S.M.C, el señor Fernando VI
[...] sacadas a la luz para el verdadero conocimiento del gobierno de los españoles en la América meridional
por David Barry. Londres: R. Taylor, 1826, 2 vols. El gobierno español se preocupó de las
repercusiones inmediatas de la publicación de Noticias secretas: en abril de 1827, el primer
secretario del Rey (de Estado y del Despacho) envió cartas a los ministros españoles en
Londres y París, en las que les solicitaba que informaran a Madrid acerca de sus averiguaciones
concernientes a «los efectos que dicha obra produzca en la opinión pública»,
y les manifestaba que «existen sospechas de que el original se extrajo de los archivos del
Soberano el año de 1823», en «Papeles de los comisionados de Costa Firme José Sartorio
y Juan Barry», Indiferente General, leg. 1571, AGI. David Barry había viajado al Perú en
1821, donde recogió extractos detallados de documentación estadística y otros documentos
curiosos. En 1824, Barry se encontró en Madrid con Joaquín de la Pezuela, el exvirrey
del Perú, y obtuvo de él información y documentos claves (es posible que Pezuela haya
tenido acceso al «Discurso y reflexiones»), según consta en las propias notas de Barry en
«Colección de notas, extractos, itinerarios, derroteros y papeles varios, para formar idea del
Perú: sacados, la mayor parte, de la Guía política, eclesiástica y militar del virreynato del Perú por
don Joseph Hipólito Unanue en Lima por el año 1796 y 7: colectados por David Barry»
(la última entrada está fechada en Cádiz, 1832), ff. 37, 53, 54v, 111 y 113, Rare Books and
Special Collections, Library of Congress (en adelante, LOC).


[p.61]

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4. La primera edición abreviada en inglés identifica erradamente a los autores (George y
Anthony Ulloa), error reiterado en una edición posterior: Secret Expedition to Peru, or, the
Practical Influence of the Spanish Colonial System upon the Character and Habits of the Colonists,
Exhibited in a Private Report Read to the Secretaries of His Majesty, Ferdinand VI, King of Spain, by
George J. and Anthony Ulloa. Boston: Crocker and Brewster, 1851; y Popery Judged by Its Fruits:
As Brought to View in the Diary of Two Distinguished Scholars and Philanthropists, John and Anthony
Ulloa, during a Sojourn of Several Years in the States of Colombia and Peru. Tr. from the Spanish by a
Member of the Principia Club. Editado por I. W. Wheelwright. Boston: Albert J. Wright, 1878.

5. E ntre los primeros en dudar de la autenticidad de las Noticias secretas y en ser críticos con
respecto a la exactitud de sus autores, podríamos citar a varios historiadores españoles
como Rafael Altamira y Antonio Ballesteros, así como Lesley Byrd Simpson (véase su
reseña «Review of Indian Labor in the Spanish Colonies by Ruth Kerns Barber». En Hispanic
American Historical Review 13, 1933, pp. 363-364). Véase, también, la obra del sacerdote agustino
Merino, Luis. Estudio crítico sobre las «Noticias secretas de América» y el clero colonial. Madrid:
Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Instituto Santo Toribio de Mogrovejo,
1956, pp. 196-199 y 210-211; Phelan, John Leddy. The Kingdom of Quito in the Seventeenth
Century: Bureaucratic Politics in the Spanish Empire. Madison: University of Wisconsin Press,
1967, p. 157; la introducción de Luis J. Ramos Gómez a su edición de Juan, Jorge y Antonio
de Ulloa. Noticias secretas de América. Madrid: Historia 16, 1990, p. 14; Solano Pérez-Lila,
Francisco de. La pasión por reformar: Antonio de Ulloa, marino y científico, 1716-1795. Sevilla:
Escuela de Estudios Hispano-Americanos / Universidad de Cádiz, 1999, pp. 74 y 125-127;

[p.62]

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y Andrien, Kenneth. «The Noticias Secretas de América and the Construction of a Governing
Ideology for the Spanish American Empire». En Colonial Latin American Review 7: 2, 1998, pp.
175-192. Para una perspectiva contraria véase Hanke, Lewis. «Dos palabras on Antonio de
Ulloa and the Noticias Secretas». En Hispanic American Historical Review 16, 1936, pp. 479-514,
esp. 485, así como las obras de Arthur Whitaker, John TePaske y Scarlett O’Phelan citadas
en notas subsiguientes.

[p.63]

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6. Esta medición tenía como objeto zanjar la discusión sobre si, de acuerdo con los cálculos
de Isaac Newton, el globo terráqueo se achataba alrededor del ecuador debido a la
gravedad. Para una detallada perspectiva crítica de la misión científica de Ulloa y Juan, y
su ideología ilustrada supuestamente contraria a criollos e indios, según alegaciones del
jesuita peruano Juan Pablo Viscardo y Guzmán, véase Brading, David A. The First America:
The Spanish Monarchy, Creole Patriots, and the Liberal State, 1492-1867. Cambridge: Cambridge
University Press, 1991, pp. 423-428 y 536. Sobre las licencias oficiales para la expedición
y la comisión de Juan y Ulloa, véase la carta de José Patiño a Francisco de Varas y Valdés
(secretario del Consejo de Indias), El Pardo, 4 de enero de 1735, en «Perú: Registro de
Partes», Gobierno, Lima, leg. 590(1), AGI.

7. S e ha cuestionado la doble naturaleza de la real comisión dada a Ulloa y Juan en 1735, y
reseñada en el prólogo original del «Discurso», argumentando que los autores tuvieron
motivos insinceros e interesados para redactarlo: véase la introducción de Ramos Gómez
a su edición de las Noticias secretas, pp. 85, 89, y 120. Sin embargo, no se ha presentado
evidencia convincente para dudar de la interpretación que Ulloa hiciera de las órdenes
originales y de las instrucciones separadas. Por el contrario, la confirmación oficial de la
comisión por decreto real firmado por el Rey y Patiño en El Pardo, 4 de enero de 1735,
establece claramente: «He resuelto nombrar a los tenientes de navío de mi Real Armada
dn. Jorge Juan y dn. Antonio de Ulloa para que pasen con los referidos astronómicos asistir
con ellos a todas las observaciones y mapas que hicieren para perfeccionar la navegación
a Indias y que apunten separadamente todas las que se fueren ejecutando según la instrucción
que se les dará para su gobierno», en «Registro de partes: América Meridional», Lima, leg.
590(1), AGI. Según las instrucciones separadas que constaban de diez puntos (redactadas
por Varas y firmadas por Patiño en Aranjuez, el 22 de abril de 1735), Ulloa y Juan debían
—independientemente de su trabajo con los científicos franceses— levantar «planos de las
ciudades y puertos [...] y se informaran del término de su provincia y gobernación de los pueblos o
lugares que contiene y lo fértil o estéril de sus campos, como también de la inclinación, industria
y habilidad de sus naturales». Debían también enviar esta información separada directamente
al Rey a través de las autoridades locales: véase «Instrucción que han de observar
los tenientes de navío de la Real Armada dn. Jorge Juan y dn. Antonio de Ulloa», también
en «Registro de partes: América Meridional», Lima, leg. 590(1), AGI. Ulloa posteriormente
declaró que sus instrucciones incluían el «adquirir con exactitud, y la más posible prolixidad,
y atención todo lo que pareciese digno de ella acerca del Govierno, Administración de
Justicia, costumbres, y estados de aquellos Reynos, con todo lo tocante a su civil economía

[p.64]

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militar y política». En Whitaker, Arthur. «Documents: Jorge Juan and Antonio de Ulloa’s
Prologue to Their Secret Report of 1749». En Hispanic American Historical Review 18, 1938,
pp. 507-513, esp. 512.

8. Whitaker, Arthur. «Antonio de Ulloa». En Hispanic American Historical Review 15, 1935,
pp. 161-164, sobre la base de documentos judiciales que revelan los cuestionables tratos
de Araujo, en Gobierno, Quito, legs. 104, 105 y 133, AGI. Para una versión distinta del
incidente, basada en fuentes secundarias, véase Solano Pérez-Lila, Francisco de. Ob. cit.,
pp. 75-76. Merino, Luis. Ob. cit., pp. 139-140, cita las transgresiones judiciales de Araujo;
sus sospechosas medidas confiscadoras figuran en Ramos Gómez, Luis J. «Los intentos
del virrey Eslava y del presidente Araujo en 1740 para obtener préstamos del comercio del
Perú desplazado a Quito y la requisa de 100,000 pesos en 1741». En Revista de Indias 63,
2003, pp. 649-674, esp. 651 y 669.

9. John TePaske no duda de la intención de los autores del manuscrito y de sus observaciones
de primera mano, confiables y sinceras: Juan, Jorge y Antonio de Ulloa. Discourse and
Political Reflections on the Kingdoms of Peru: Their Government, Special Regimen of Their Inhabitants,
and Abuses Which Have Been Introduced into One and Another, with Special Information on Why They
Grew Up and Some Means to Avoid Them. Editado y prologado por John TePaske. Norman:
University of Oklahoma Press, 1978, pp. 24-25.

[p.65]

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10. Whitaker, Arthur. «Antonio de Ulloa», pp. 165-166; y Enciclopedia Universal Ilustrada. Madrid:
Espasa Calpe, 1929, t. 65, pp. 920-922. El sistema británico de perfeccionada eficiencia militar
y administrativa, tal como lo viera en Boston y Londres, dejó una impresión duradera
en Ulloa, al igual que las hazañas navales del almirante George Anson en la década de 1740,
y la gran reforma de la marina británica en la década de 1750. Al respecto, véase Brading,
David A. Ob. cit., p. 426.

11. Juan, Jorge y Antonio de Ulloa. Discourse and Political Reflections…, pp. 38–39.

12. Juan, Jorge y Antonio de Ulloa. «Discurso y reflexiones políticas…», sesiones 1-2, y Noticias
secretas de América, pp. 135-138.

[p.66]

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13. Juan, Jorge y Antonio de Ulloa. «Discurso y reflexiones políticas…», sesión 3; Discourse and
Political Reflections…, pp. 45-68; y Noticias secretas de América…, pp. 201-229.

14. Juan, Jorge y Antonio de Ulloa. «Discurso y reflexiones políticas…», sesiones 4-8.

15. Juan, Jorge y Antonio de Ulloa. Discourse and Political Reflections…, p. 69, y Noticias secretas
de América, p. 231. Sobre la base del análisis del contenido textual, un grupo de historiadores
alega que Juan y Ulloa se «apropiaron» de los «discursos» reformistas andinos y
metropolitanos previos para elaborar un proyecto políticamente sesgado con información
de primera mano sospechosa. Al respecto véase Andrien, Kenneth. Ob. cit., pp. 177 y
185-187. Contradice esta postura la información corroborada y obtenida directamente en
este informe confidencial y en otros documentos producidos por Ulloa, especialmente su
«Relación de Gobierno».

[p.67]

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16. Juan, Jorge y Antonio de Ulloa. «Discurso y reflexiones políticas…», sesión 4, ff. 434-498;
O’Phelan, Scarlett. «Orden y control en el siglo XVIII: la política borbónica frente a la
corrupción fiscal, comercial y administrativa». En Portocarrero, Felipe (ed.). El pacto infame:
estudios sobre la corrupción en el Perú. Lima: Red de Ciencias Sociales, 2005, pp. 13-33, esp.
14-17; y Moreno Cebrián, Alfredo. El virreinato del marqués de Castelfuerte, 1724-1736: el primer
intento borbónico por reformar el Perú. Madrid: Editorial Catriel, 2000, pp. 166-170.

17. Cook, Noble David. «The Corregidores of the Colca Valley, Peru: Imperial Administration
in an Andean Region». En Anuario de Estudios Hispanoamericanos 60: 2, 2003, pp. 413-39, esp.
428, 431-432 y 435-436.

18. Juan, Jorge y Antonio de Ulloa. Discourse and Political Reflections…, pp. 71-73 y 86-87, y
Noticias secretas de América, pp. 233-236 y 250.

[p.68]

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19. E stas mismas conclusiones son aplicables a otros casos hispanoamericanos: Albornoz
de López, Teresa. La visita de Joaquín Mosquera y Figueroa a la Real Audiencia de Caracas
(1804-1809): conflictos internos y corrupción en la administración de justicia. Caracas: Academia
Nacional de Historia, 1987, p. 53; y Caro Costas, Aída R. El juicio de residencia a los gobernadores
de Puerto Rico en el siglo XVIII. San Juan, Puerto Rico: Instituto de Cultura Puertorriqueña,
1978, pp. 18 y 188-191.

20. Quiroz, Alfonso W. Deudas olvidadas: instrumentos de crédito en la economía colonial peruana,
1750-1820. Lima: Pontificia Universidad Católica del Perú, 1993, pp. 58-67, y «Reassessing
the Role of Credit in Late Colonial Peru: Censos, Escrituras, and Imposiciones». En Hispanic
American Historical Review 74, 1994, pp. 193-230, esp. 206-209, basado en Audiencia de

[p.69]

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Lima, Caja de Censos, leg. 39, Archivo General de la Nación, Lima (en adelante, AGN), y
Gobierno, Lima, legs. 817, 833, AGI.

21. Juan, Jorge y Antonio de Ulloa. Noticias secretas de América, p. 320; y Discourse and Political
Reflections…, p. 149.

22. Juan, Jorge y Antonio de Ulloa. Discourse and Political Reflections…, pp. 94-101; y Noticias
secretas de América, pp. 257-264.

23. Andrien, Kenneth. «The Sale of Fiscal Offices and the Decline of Royal Authority in the
Viceroyalty of Peru, 1633-1700». En Hispanic American Historical Review 62, 1982, pp. 49-71,

[p.70]

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«The Sale of Juros and the Politics of Reform in the Viceroyalty of Peru, 1608-1695». En
Journal of Latin American Studies 13, 1981, pp. 1-19, y Crisis and Decline: The Viceroyalty of Peru
in the Seventeenth Century. Albuquerque: University of New Mexico Press, 1985, pp. 74-75
y 128-129. Para una evaluación del abrumador costo financiero e institucional de la venta
de oficios, véase Parry, J. H. The Sale of Public Office in the Spanish Indies under the Hapsburgs.
Berkeley: University of California Press, 1953, p. 73.
24. Moreno Cebrián, Alfredo. El corregidor de indios y la economía peruana en el siglo xviii (los repartos
forzosos de mercancías). Madrid: Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Instituto G.
Fernández de Oviedo 1977, pp. 737-741.
25. E l comerciante Francisco de Villavicencio, conde de Cañete, compró el cargo de virrey
del Perú en 250.000 pesos, pero falleció antes de llegar a Lima. Véase Domínguez Ortiz,
Antonio. «Un virreinato en venta». Mercurio Peruano 49: 453, 1965, pp. 43-51, citado en
Burkholder, M. A. y D. S. Chandler. «Creole Appointments and the Sale of Audiencia
Positions in the Spanish Empire under the Early Bourbons, 1701-1750». En Journal of Latin
American Studies 4: 2, 1972, pp. 187-206, esp. 188.
26. Burkholder, M. A. y D. S. Chandler. Ob. cit., pp. 191-192.
27. Juan, Jorge y Antonio de Ulloa. Discourse and Political Reflections…, pp. 94-95; y Noticias secretas
de América, p. 258.
28. «[S]ólo consiguen ser provistos en los corregimientos vacantes los que tienen el auxilio de
la introducción adquiridos con regalos de valor y de ninguna manera a aquellos en quienes
puramente hay mérito por el servicio [...]. Así quedan los que sirven al rey defraudados
de los premios que el mismo monarca les destina [...]» (Juan, Jorge y Antonio de Ulloa.
«Discurso y reflexiones políticas…», f. 834).

[p.71]

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29. Pedro Ureta (secretario del virrey) a Oficiales de las Cajas Reales, Lima, 12 de mayo de
1777, caja 15, n.° 157, Andean Collection, Yale University.

30. Juan, Jorge y Antonio de Ulloa. «Discurso y reflexiones políticas…», f. 830.

31. E ste acomodamiento de los virreyes y otras autoridades coloniales con grupos de élite es
similar al que surgiera después de la independencia entre los caudillos militares, que intentaban
consolidar su poder bajo condiciones institucionales sumamente inestables, y los
grupos de interés locales y extranjeros, que hacían préstamos efectuando adelantos contra
los impuestos a las importaciones y exportaciones. Véase el cap. 2.

32. «Virreyes ha conocido el Perú tan poco cautos en este particular que hacían fuese público
el cohecho, otros que lo han admitido con tono, o disfraz de regalo, y otros más cautos aún
que lo han permitido a su propio beneficio, ha sido con tal industria que han dejado dudar
del hecho, para que unos lo atribuyan a intereses de sus criados y confidentes, y otros a
utilidad de los mismos virreyes partiéndolo con los que intervienen en la negociación. Pero
también ha habido otros tan apartados de intereses y tan arreglados a justicia que ni han
querido admitir nada por estas mercedes, ni han consentido que lo hiciesen sus familiares»
(Juan, Jorge y Antonio de Ulloa. «Discurso y reflexiones políticas…», ff. 834-835; veánse,
también, los ff. 837-839); y Fisher, John. Government and Society in Colonial Peru: The Intendant
System, 1784-1814. Londres: Athlone Press, 1970, p. 9.

[p.72]

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33. Para un examen de la obra e influencia de los proyectistas hacia mediados del siglo XVIII,
en Hispanoamérica y el Perú, véase Muñoz Pérez, José. «Los proyectos sobre España y las
Indias en el siglo XVIII: el proyectismo como género». En Revista de Estudios Políticos 81,
1955, pp. 169-195; y Quiroz, Alfonso. Deudas olvidadas, pp. 82-90. Los proyectistas no se
limitaban simplemente a hacer un modelo «teórico», tal como se ha sostenido para explicar
su supuesta ideología imperial. Los más importantes tuvieron un impacto real sobre
la economía y la comprensión de las realidades locales, especialmente en el pensamiento
económico, financiero y administrativo de la época. La crítica posmoderna les considera
seguidores de un «discurso» de escaso impacto —o uno distorsionado— sobre la realidad.
Sin embargo, estos críticos no consideran detenidamente la incorporación de la experiencia
en la elaboración de tales proyectos y su impacto práctico. Véase Andrien, Kenneth. «The
Noticias secretas…», p. 177; y Solano Pérez-Lila, Francisco. Ob. cit., pp. 125-126.

34. [Mariano Machado de Chaves], «Estado político del Reino del Perú: gobierno sin leyes,
ministros relajados, tesoros con pobreza, fertilidad sin cultivo, sabiduría desestimada, milicia
sin honor, ciudades sin amor patricio; la justicia sin templo, hurtos por comercios,
integridad tenida por locura; Rey, el mayor de ricos dominios, pobre de tesoros. Estos
atributos constituyen en grave detrimento de este Reyno; y para su remedio se proponen
dos arbitrios a S. M. por un leal vasallo que solo los escribe inflamado del verdadero amor
a su Príncipe y señor natural, y por el mayor bien del Reyno del Perú y de su Patria Lima.
Al Exmo. Señor Dn Jossef de Carvajal y Lancaster, Ministro de Estado y decano de este
Consejo, gobernador del Supremo de Indias, presidente de la Junta de Comercio, y moneda,
y superintendente general de las postas y estafetas de dentro y fuera de España», Madrid,
30 de abril de 1747, en Real Academia de la Historia (en adelante, RAH), Colección Benito
Mata Linares, vol. 67 (9-9-3/1722). Una copia de este manuscrito anónimo fue publicada
en Revista Peruana 4, 1880, pp. 147-190, 351-369 y 497-504, con varios errores evidentes,
entre ellos su supuesta fecha más temprana (1742). Los historiadores Rubén Vargas Ugarte
y Philip Means atribuyeron su autoría, vacilante pero erradamente, a Victorino Montero.
Hay una copia del mismo manuscrito (igual título, fecha, texto y dedicatoria a Carvajal
y Lancaster) en el Rare Book/Special Collections Reading Room, LOC, catalogado (con
ciertas dudas, según la nota de un bibliotecario) como obra de Montero (nombre originalmente
atribuido por el librero francés Leclerc en su catálogo de 1878; la LOC compró el
manuscrito de la Librairie Ch. Chadenat de París). Existen otras dos copias atribuidas también
a Montero, una de ellas, anotada, en la Latin American-Peru Manuscript Collection,
Lilly Library, Indiana University.

[p.73]

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35. E n 1763, Ulloa aludió a este manuscrito de 1747 como «cierto proyecto que años hace tuve
noticia haberse presentado a Su Majestad por un sujeto de Lima y ciertamente si su autor
hubiese estado instruido de los términos a que esto ha llegado en los tiempos presentes pudiera
haberlo amplificado con algunos fundamentos más convincentes de los que entonces
había» (Ulloa, Antonio de. «Relación de Gobierno», parte 5, n.° 23, Lima, leg. 777, AGI).
Véase, también, Whitaker, Arthur. The Huancavelica Mercury Mine: A Contribution to the History
of the Bourbon Renaissance in the Spanish Empire. Cambridge, Mass.: Harvard University Press,
1941, pp. 139-140, con nota sobre este manuscrito de 1747 considerado «anónimo», pero
atribuido por otros autores a Montero.

36. Machado de Chaves, Mariano. «Estado político y de justicia de el Reino del Perú con demostraciones
de las causas de su ruina, medios para su reforma y arbitrios para su mayor
aumento por Dn. Mariano Machado de Chaves quien los dirige y ofrece como su más fiel y
celoso vasallo a su Majestad Católica. Al Rey nuestro señor Carlos Tercero de España y de
las Indias», Madrid, 8 de diciembre de 1759, ms. II/930, BPR. Sabemos poco de Machado
de Chaves, excepto que era natural de Lima, que había vivido en Santiago de Chile, que residió
permanentemente en Madrid en las décadas de 1740 y 1750, que tuvo varias casas en
Sevilla (secuestradas, por cierto, debido a una considerable deuda privada impaga, transferida
a una dependencia oficial, a pesar de los alegatos de Machado de Chaves y una suspensión
del embargo firmada por el mismo Carvajal y Lancaster), y que presentó una probanza
de sus logros y servicios en noviembre de 1760. Véase Medina, José Toribio. Biblioteca
Hispano-Americana. Santiago de Chile: Imp. casa del autor, 1901, t. 5, p. 550: «Relación de
los méritos y servicios de Don Mariano Machado de Chaves y Osorio, natural de la ciudad
de los Reyes [...] Madrid 4 noviembre 1760». Ninguna relación tal fue hallada en el AGI,

[p.74]

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aunque sí hay información relevante en el juicio de 1749-1751, «Mariano Machado de
Chaves con el Fiscal de la Superintendencia de Azogues [de Sevilla] sobre paga de [42,138
reales de vellón]», en «Pleitos del ramo de azogue», Escribanía, leg. 1005B, ff. 3-4 y 31-32,
AGI. El historiador Guillermo Lohmann Villena, sin evidencias directas, considera el documento
de 1759 un plagio de la obra de 1747 atribuida erróneamente a Montero: «Victorino
Montero del Águila y su “Estado Político del Reyno del Perú” (1742)». Anuario de Estudios
Americanos 31, 1974, pp. 751-807.

37. Machado de Chaves, Mariano. «Estado político del Reino del Perú…» (1747), f. 2.

[p.75]

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38. Machado de Chaves, Mariano. «Estado político y de justicia de el Reino del Perú…» (1759),
ff. 3v-4v.

39. Machado de Chaves, Mariano. «Estado político del Reino del Perú…» (1747), f. 21. El autor
hace uso literal de la palabra corruptela, definida como sigue por la edición del Diccionario de la
lengua castellana [de autoridades] de 1729: «Por alusión vale mala costumbre, o abuso, introducido
contra la ley que no debe alterarse. Lat. Abusus, Corruptela. RECOP. Lib.7 tit.10|11.
Como dicen que se acostumbra en algunos de los lugares: pues es injusta esta extorsión
y corruptela. SOLORZ. Polit. lib. 5. cap. 2. Pero no por ello puedo aprobar la costumbre, o
mejor decir, corruptela de algunos Corregidores [...]».

[p.76]

========

40. Machado de Chaves, Mariano. «Estado político y de justicia de el Reino del Perú…» (1759),
f. 22v.

41. A ndrien, Kenneth. «The Noticias secretas…», pp. 180-182, cita al cacique y procurador
Vicente Morachimo (1732) y a fray Calixto Túpac Inca (1750).

42. A dorno, Rolena. Guamán Poma: Writing and Resistance in Colonial Peru. 2.ª ed. Austin:
University of Texas Press, 2000, pp. xxvii y xlii. Véanse las imágenes, y sus textos correspondientes,
que representan a la Real Audiencia, corregidores y encomenderos, sacerdotes,
españoles, criollos, mestizos y negros, en Guamán Poma de Ayala, Felipe. Nueva corónica y
buen gobierno. Edición de Franklin Pease. Caracas: Biblioteca Ayacucho, 1980 [1615], vol.
1: pp. 359-361, 364, 370, 373, 387, 391, 396-397, 401, 411 y 427; vol. 2: pp. 10-11, 16-17,
38-39, 78-79, 80-81 y 118-121, reproducidas a partir de la primera edición facsimilar de
París, 1936. Otra reproducción de la obra es El primer nueva corónica y buen gobierno. Edición
de John Murra, Rolena Adorno y Jorge Urioste. México: Siglo XXI, 1980, 3 vols, que

[p.77]

========

posteriormente tendría una reedición: Nueva crónica y buen gobierno. Madrid: Historia 16,
1987. Para una imagen más realista del manuscrito original, véase la edición electrónica de
«El primer nueva corónica y buen gobierno», 1615, ms. GkS 2232 4º, en la Biblioteca Real,
Copenhague, Dinamarca. Disponible en <http://www.kb.dk/permalink/2006/poma/1/
en/text/>.

43. Aponte, Juan de. «Representación que en el año 1622 hizo a Su Majestad el sargento Juan
de Aponte Figueroa, natural de Granada y vecino de la ciudad de Guamanga sobre las
cosas del reino del Perú y los daños que padecía por la codicia de los que lo gobernaban y
medios que debían aplicarse para su reforma», Guamanga, 24 de abril de 1622, BPR, ms.
II/2839, ff. 144-182. El texto de Aponte fue publicado bajo el título de «Memorial que trata
de la reformación del reino del Pirú...». En Colección de documentos inéditos para la historia de
España. Madrid: Real Academia de la Historia, 1867, t. 51, pp. 521-562.

44. «No son señor buenos deseos solos, sino también obras que en su Real Servicio he tenido,
habiéndolo servido diez años últimamente en aquella mar del sur de oficial de Guerra en
la Real Capitana Jesús María, donde me retiré sin ningún premio, viendo la poca remuneración
de que gozan los que sirven a V. C. M., que en aquel Reyno premianse mal buenos
servicios, porque todo corre fundado en interés, y los que tienen pueden y los pobres
mueren» (Aponte, Juan de. Ob. cit., ff. 181v-182. Cf. f. 145).

45. «[E]l interés de lo que [los virreyes] llevan a España no les da lugar a ninguna reformación
porque resultará de ella muy poco aprovechamiento para sí, y de esta manera atienden al
bien propio [antes] que al servicio de Dios N. S. y al de V[uestra] R[eal] M[ajestad] y ansí no
se reforma nada y todo corre de una manera y forma digna de muy gran remedio» (Aponte,
Juan de. Ob. cit., f. 146).

[p.78]

========

46. A ponte, Juan de. Ob. cit., ff. 150v-151.
47. I bíd., ff. 152-153v.

[p.80]

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48. «Copia del asiento que el marqués de Mancera [Pedro Álvarez de Toledo y Leiva, primer
marqués de Mancera] mi Sor. Virrey del Perú celebró con los mineros de la mina de azogue
de la villa de Huancavelica», Huancavelica, 6 de septiembre de 1645, en «Visitas de las
minas de Huancavelica, 1572-1686», Gobierno, Lima, leg. 271, AGI.

49. I bíd., ff. 6-11v, e informe de Luis de Sotomayor Pimentel enumerando las «inconveniencias
» del informe de Vasconcelos, Huancavelica, 23 de mayo de 1645, y respuesta detallada
de Vasconcelos, Huancavelica, 4 de julio de 1645, en «1649: Autos y diligencias fechas por
los señores doctores Juan González de Peñafiel y don Melchor de Omonte caballero de la
orden de Calatrava, oidor y alcalde del crimen de la Real Audiencia de Los Reyes sobre la
visita y vista de la mina del cerro de Huancavelica», ff. 12-36, Gobierno, Lima, leg. 279, AGI.

[p.81]

========

50. A cuerdo, virrey García Sarmiento, conde de Salvatierra, Lima, 22 de enero de 1649, en
«1649: Autos y diligencias», ff. 1-3, Gobierno, Lima, leg. 279, AGI.

51. Juan del Solar al virrey conde de Lemos, Madrid, 16 de enero de 1669; Reina Gobernadora
a conde de Lemos, Madrid, 15 de junio de 1668; y «Año 1661: Relación de la causa de visita
que de orden de Su Mgd. a sustanciado Alvaro de Ibarra presidente de la Rl. Audiencia
de Quito contra el Dor. Don Tomás Verzón de Caviedes oidor de la de Lima y demás
culpados en la distribución de 232 mil pesos que por fines del año 1661 mandó remitir
a Huancavelica siendo virrey del Perú el conde de Santisteban para en parte de pago de
azogues que entraron en los Rls. Almacenes dicho año de 1661 los mineros y buscones de
dicho asiento», en Gobierno, Lima, leg. 271, AGI.

52. Jorge Juan también espió para la Corona española en Inglaterra, donde observó las técnicas
de construcción de naves, y como embajador en Marruecos (TePaske, John. «Introduction».
En Juan, Jorge y Antonio de Ulloa. Discourse and Political Reflections…, pp. 6 y 9).

53. C ole, Jeffrey. «Viceregal Persistence versus Indian Mobility: The Impact of Duque de la
Palata’s Reform Program on Alto Peru, 1681-1692». En Latin American Research Review 19,

[p.82]

========

1984, pp. 37-56; Brown, Kendall. «La crisis financiera peruana al comienzo del siglo XVIII,
la minería de plata y la mina de azogues de Huancavelica». En Revista de Indias 48, 1988,
pp. 349-381; y Cebrián, Alfredo. El virreinato del marqués de Castelfuerte…, pp. 621-626.

54. Whitaker, Arthur. «Antonio de Ulloa», pp. 178 y 183, citando cartas de Ulloa a Julián
Arriaga, Cádiz, 27 de julio de 1757, en Gobierno, Lima, leg. 775, y Huancavelica, 20 de
agosto de 1763, en Gobierno, Lima, leg. 777, AGI. Véase, también, Ulloa a S. M. el Rey,
Huancavelica, 20 de junio de 1763, quejándose de «la horrible tempestad de persecuciones»
que había sufrido durante casi cinco años en su cargo, Gobierno, Lima, leg. 777, AGI.

55. «[L]o que puedo asegurar a V. E. es que habiendo conocido estos parajes desde el año de
[17]36 hasta el de [17]44, los he hallado tan distintos de lo que eran que enteramente está
todo trastornado» (Ulloa a Arriaga, Huancavelica, 20 de junio de 1763, Gobierno, Lima
777, AGI).

56. L a rara vez citada y analizada «Relación de gobierno» consta de cinco partes o puntos, cada
uno de los cuales está firmado por Ulloa y completado metódicamente en sucesivas fechas
en Huancavelica: parte 1, real mina de mercurio, contiene 133 subtítulos, fechada el 10 de
febrero de 1763; parte 2, gremio de mineros, 30 subtítulos, 28 de febrero de 1763; parte 3,
caja real y distribución del azogue, 26 subtítulos, 7 de marzo de 1763; parte 4, gobierno civil
y político, 55 subtítulos, 15 de abril de 1763; y parte 5, provincia de Angaraes, 34 subtítulos,
15 de mayo de 1763. Las citas de esta fuente, proporcionadas más abajo, tienen como base
el original en Gobierno, Lima, leg. 777, AGI, y la copia duplicada, firmada también por
Ulloa, BPR.

57. «Informes de D. Antonio de Ulloa dirigidos a Carlos III [...] sobre las inteligencias que
se hacen con el azogue en perjuicio de las labores de las minas de plata del Perú [...]»,
firmado por Ulloa, Real Isla de León (Cádiz), 14 de septiembre de 1771, 36 ff., ms. 19568,
Manuscritos, Biblioteca Nacional de Madrid (en adelante, BNM). Tanto los informes como

[p.83]

========

la «Relación de Gobierno» confirman el meollo del «Discurso y reflexiones políticas», y
refutan los argumentos de los críticos modernos de Ulloa sobre su supuesta falta de observación
directa, su extrema rigidez como gobernador y su noción de mando, incapaz de
convencer a los que se oponían a sus reformas. Véase Solano Pérez-Lila, Francisco. Ob.
cit., p. 183, entre otros.

58. P earce, Adrián J. «Huancavelica, 1700-1759: Administrative Reform of the Mercury Industry
in Early Bourbon Peru». En Hispanic American Historical Review 79, 1999, pp. 669-702.

[p.84]

========

59. U lloa, Antonio de. «Relación de gobierno», parte 1, introducción, ff. 3-4v, BPR.

[p.85]

========

60. I bíd., parte 1, n.os 1-10, 27, 35, 44-46, y 51. Otros agentes destructivos fueron el poderoso
comerciante Francisco Ocharán (compra ilícita de mercurio y abusivo reparto de mercancías
entre los indios), Miguel Guisaburuaga (desfalco), el teniente de veedor asistente José
Gordillo y Joachim Ramery, un criado de Vega. Sobre los derrumbes de la mina, «1760: carta
de Ulloa acusando recibo de un informe acerca del estado de una mina», Huancavelica,
18 de mayo de 1760, Colección Santa María, doc. 110, AGN.

61. U lloa, Antonio de. «Relación de gobierno», parte 5, n.os 12-17.

62. I bíd., parte 1, n.os 22 y 43; parte 2, introd., n.os 1, 7, 13-15 y 29; y parte 4, n.° 4. Véase, también,
Ulloa a Arriaga, Huancavelica, 20 de agosto de 1763, Gobierno, Lima, leg. 777, AGI.

[p.86]

========

63. U lloa, Antonio de. «Informes a Carlos III», ff. 6-8v, BNM.

64. Ulloa, Antonio de. «Relación de gobierno», parte 1, n.º 92, ff. 43-43v, BPR (también copia
del AGI); y Molina Martínez, Miguel. Antonio de Ulloa en Huancavelica. Granada: Universidad
de Granada, 1995, p. 69.

65. I bíd., parte 4, n.os 40-47.

[p.87]

========

66. Ibíd., parte 1, n.º 92; y parte 4, n.º 44. Véase, también, «Expediente del juicio de Ignacio de
Elizalde, minero de Huancavelica…[contra las] maliciosas imputaciones del cura Aguirre»,
Huancavelica, 10 y 15 de octubre de 1761, firmado por Ulloa y Juan de Alasta como
testigos.

67. Rodríguez Casado, Vicente. «Estudio preliminar». En Manuel Amat y Junyent. Memoria de
gobierno. Edición e introducción de Vicente Rodríguez Casado y Florentino Pérez Embid.
Sevilla: Escuela de Estudios Hispano-Americanos, 1947, p. XCVII, citando Gobierno,
Lima, leg. 846B, AGI. El sacerdote Aguirre eventualmente huyó de Huancavelica para organizar
la poderosa oposición a Ulloa en Lima, encabezada por José Perfecto Salas (1714-
1778). Nacido en Corrientes y con grado de leyes de la Universidad de San Marcos (1737),
Salas «estuvo en Lima entre 1761 y 1775 como asesor legal del virrey Manuel Amat, y se
ganó el odio por sus actos arbitrarios y corrupción. Es posible que haya escrito la Memoria
de Amat […,] fue una figura política dominante, un terrateniente ilegal y un contrabandista,
un opositor de la reforma y uno de los principales beneficiarios de la corrupción en el gobierno.
Cuando dejó Lima y partió a Chile, sus contrincantes creían que se llevaba entre 2 y
3 millones de pesos» (Burkholder, Mark y D. S. Chandler. Biographical Dictionary of Audiencia
Ministers in the Americas, 1687-1821. Westport, Conn.: Greenwood Press, 1982, pp. 307-308,
en base a fuentes del Archivo General de Simancas y AGI).

68. Whitaker, Arthur. «Antonio de Ulloa», p. 181, citando varias cartas de Ulloa fechadas durante
el periodo 1761-1765 en Gobierno, Lima, legs. 842-843, AGI.

[p.88]

========

69. U lloa, Antonio de. «Relación de gobierno», parte 5, n.os 22-30.

70. Gaspar de Mendiolaza, el acaudalado arriero y exasentista del trajín de azogues, acusó al
fiscal Holgado en su juicio de residencia, de haber favorecido al postor Bernabé de Olano.
Mendiolaza reclamaba haber perdido una inversión de 50.000 pesos, afirmando que Olano
no contaba con suficientes mulas, aperos, equipos y fondos para el negocio del transporte
de mercurio, que implicaba la entrega de un total de cuatro o cinco mil quintales de azogue
en muchos lugares lejanos, y el uso de hasta cuatro mil mulas. Este favoritismo ponía en
peligro el bien común: «[S]e expone enteramente la Real Hacienda y el público a una ruina
irreparable», en «Autos de querella y demanda de Dn. Gaspar Alexo de Mendiolaza al Sor.
Dn. Diego de Holgado ante el Sr. Juez de su residencia, año 1769, quaderno primero»,
Consejos, leg. 20331, exp. 1, doc. 1, f. 2v, AHN.

71. Molina Martínez, Miguel. Ob. cit., pp. 75-78. Este autor desarrolla la hipótesis de que Ulloa
fracasó en su misión reformadora en Huancavelica porque no era un gobernador práctico,
en un medio en el cual la práctica de la justicia y la honestidad no bastaban para tener éxito.
Al no captar a las partes corruptas o negociar con ellas, Ulloa supuestamente desencadenó
una desestabilizadora oposición local (Molina Martínez, Miguel. Ob. cit., p. 186). Un
argumento similar se encuentra en McFarlane, Anthony. «Political Corruption and Reform
in Bourbon Spanish America». En Little, Walter y Eduardo Posada-Carbó (eds.). Political
Corruption in Europe and Latin America. Londres: Macmillan, 1996, pp. 41-63, esp. 57-60.
Para estos estudiosos de la administración colonial, la corrupción fue un factor necesario,
y hasta positivo, para el buen funcionamiento de las colonias españolas y sus interesadas
élites criollas contrarias a las reformas.

72. Whitaker, Arthur. The Huancavelica Mine…, pp. 81-84. Véase, también, Fisher, John. Silver
Mines and Silver Miners in Colonial Peru, 1776-1824. Liverpool: Centre for Latin American
Studies, University of Liverpool, 1977, pp. 77, 109 y 120-122, que encuentra un incremento
temporal en la producción de plata en 1776-1800, debido al suministro de mercurio de
España y de Idria, no obstante la decadencia irreversible de Huancavelica y el fracaso téc

[p.89]

========

nico minero global. Del mismo autor, véase, también, «Silver Production in the Viceroyalty
of Peru, 1776-1824». En Hispanic American Historical Review 55, 1975, pp. 25-43.

73. U lloa no fue bien recibido en la excolonia francesa de Luisiana y enfrentó las pérdidas causadas
por un huracán y un levantamiento local. Posteriormente se dirigió a Cádiz y retomó
su carrera naval.

74. Copia de Ulloa a Amat, Panamá, 5 de diciembre de 1764, incluido en Amat a Consejo,
Lima, 3 de marzo de 1765, subrayando «la mala conducta de Ulloa y la necesidad que hay
de que un hecho igual no quede sin castigo», en Gobierno, Lima, leg. 775, AGI.

75. B rown, Kendall. «The Curious Insanity of Juan de Alasta and Antonio de Ulloa’s
Governorship of Huancavelica». En Colonial Latin American Review 13, 2004, pp. 199-211,
esp. 204, y su «Antonio de Ulloa’s Troubled Governorship of Huancavelica», de próxima
aparición. En ambas obras, el autor interpreta desfavorablemente las medidas legales y
políticas tomadas por Ulloa como gobernador de Huancavelica, aduciendo su «celo reformista,
rígida moral e inexperiencia política», sobre la base de detalles y acusaciones
encontradas en el proceso judicial seguido en su contra. Agradezco al profesor Brown
haber compartido generosamente estas opiniones que ayudan a situar la postura anticorrupción
de Ulloa en un detallado contexto documental. Véase, también, Ulloa a Arriaga,
La Habana, 3 de diciembre de 1765, copia de Joseph de Jussieu a Ulloa, Lima, 22 de mayo

[p.90]

========

de 1765, y el sacerdote del Callao Francisco Javier Villata y Núñez a Ulloa, Lima, 12 de
junio de 1765, Gobierno, Lima 775, AGI.

76. «Es principio asentado, que el objeto más importante de las Indias, está cifrado en las minas
de plata y oro, por ser tesoro más seguro de la monarquía de V. Mgd. [...] Y así siendo
el nervio y espíritu más activo de la monarquía es el objeto contra [el] que tiran cuantos
pueden introducir sus facultades en él para reducirlo en provecho propio» (Ulloa, Antonio
de. «Informes a Carlos III», ff. 4-5).

77. U lloa, Antonio de. «Informes a Carlos III», ff. 6-11; y Rodríguez Ovalle, Alfonso. «Estado
general de la Real Hacienda en el reino del Perú», Lima, 20 de junio de 1776, ff. 122-169v,
ms. II/2855, BPR.

[p.92]

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78. González de Salcedo, Pedro. Tratado jurídico político del contra-bando compuesto por el licenciado
Pedro González Salcedo, alcalde que fue de las guardas de Castilla y juez de contra-bando de esta corte:
en esta tercera y última impresión sale corregida de muchos yerros que en la segunda se había introducido,
y se han añadido muchas reales cédulas que después han salido concernientes a la materia de contra-bando
y también los sumarios a los capítulos de toda la obra. Con privilegio. Madrid: Por Juan Muñoz, 1729
[1654], pp. 18-20.

79. «Reales órdenes de Su Majestad para impedir el trato ilícito con extranjeros en las Indias
Occidentales», 1749-1761, ms. II/61, BPR ; «Expediente para evitar el comercio ilícito en el
distrito de aquella Audiencia [de Lima]: años 1705 a 1715», Gobierno, Lima, leg. 480, AGI; «El
Consulado de Lima dando cuenta de las grandes introducciones de ropas que franceses hacen
en todos aquellos puertos», Lima, 31 de julio de 1702, en Estado, leg. 74, n.º 70/1, AGI; y
«Acuerdo que celebró el comercio de Sevilla en 8 de junio de 1707 [...] sobre comercios ilícitos
en el Perú, Tierra Firme y Buenos Aires», Colección Mata Linares, vol. 67, parte 2, RAH.

[p.93]

========

80. Sala i Vila, Núria. «La escenificación del poder: el marqués de Castelldosrius, primer virrey
Borbón del Perú (1707-1710)». En Anuario de Estudios Americanos 61: 1, 2004, pp. 31-68,
esp. 34-39; y Moreno Cebrián, Alfredo y Núria Sala i Vila. El «premio» de ser virrey: los intereses
públicos y privados del gobierno virreinal en el Perú de Felipe V. Madrid: Consejo Superior de
Investigaciones Científicas, 2004, pp. 23-26.

[p.94]

========

81. R epresentaciones de Marcos y Pedro Ulaortua et ál., s. f., y 2 de enero de 1708; respuestas
del fiscal del Real Consejo de Indias Agustín Joseph de los Ríos, Madrid, 12 de marzo de
1710; petición de 26 comerciantes, Lima, 10 de marzo de 1708; Castelldosrius a S. M. y
Consejo, Lima, 31 de julio de 1708; certificación del fiscal Bautista de Orueta, Lima, 13 de
noviembre de 1717; y memoriales impresos por Catalina y Antonio Samanat, 1709-1710, en
«Expediente sobre quejas contra el virrey marqués de Castelldosrius años de 1709 y 1710»,
Gobierno, Lima, leg. 482, AGI. Véase, también, Sáenz-Rico, Alfredo. «Las acusaciones contra
el virrey del Perú, marqués de Castelldosrius, y sus “noticias reservadas” (febrero 1709)».
En Boletín Americanista 28, 1978, pp. 119-135; Walker, Geoffrey. Spanish Politics and Imperial
Trade, 1700-1789. Bloomington: Indiana University Press, 1979; y Malamud, Carlos. Cádiz
y Saint Malo en el comercio colonial peruano, 1698-1725. Cádiz: Diputación Provincial de Cádiz,
1986. Para la identificación de los comerciantes peninsulares que dominaban el liderazgo
del Consulado véase Turiso, Jesús. Comerciantes españoles en la Lima borbónica: anatomía de una
élite de poder (1701-1761). Valladolid: Universidad de Valladolid, 2002, pp. 86-88, 96-100, y
289-335; y Rizo-Patrón, Paul. Linaje, dote y poder: la nobleza de Lima de 1700 a 1850. Lima:
Pontificia Universidad Católica del Perú, 2000, pássim.

[p.95]

========

82. Consulta, Consejo de Indias a S. M., Madrid, 6 de febrero de 1712, Gobierno, Lima, leg.
480, AGI; y Turiso, Jesús. Ob. cit., pp. 114-115, donde se cita un revelador informe de
Bartolomé de la Torre, oficial del Consulado de Lima, 10 de mayo de 1711, en Gobierno,
Lima, leg. 427, AGI, y averiguación en la residencia de Ladrón de Guevara en Consejos, leg.
21.308, AHN.

83. Moreno Cebrián, Alfredo. El virreinato del marqués de Castelfuerte…, pp. 208-227; Moreno Cebrián,
Alfredo y Núria Sala i Vila. Ob. cit., pp. 23, 155-156, 201-202, 235-246 y 274-275 (basado en
ingresos y gastos, remesas «lavadas», juicios, testamentos y la poco clara fortuna personal de
Castelfuerte, todo ello laboriosamente rastreado); y Rizo-Patrón, Paul. Ob. cit., p. 53.

[p.96]

========

84. T uriso, Jesús. Ob. cit., pp. 102-104 y 107; Quiroz, Alfonso W. Deudas olvidadas…, pp. 72 y 95;
Ramos Gómez, Luis J. «Los intentos del virrey Eslava…», pp. 650-651; Grahn, Lance. «An
Irresoluble Dilemma: Smuggling in New Granada, 1713-1763». En Fisher, J.; A. Kuethe, y
A. McFarlane (eds.). Reform and Insurrection in Bourbon New Granada and Peru. Baton Rouge:
Louisiana State University Press, 1990, pp. 123-146.

[p.97]

========

85. T uriso, Jesús. Ob. cit., pp. 102, 116, 239-240 y 256-257, sobre la base de documentación
notarial y judicial del AGN y la AHN; y Quiroz, Alfonso W. Deudas olvidadas..., pp. 124 y
141-143.

86. A lsedo y Herrera, Dionisio de. Memorial informativo, que pusieron en las reales manos del rey nuestro
señor (que Dios guarde) el Tribunal de Consulado de la ciudad de los Reyes, y la Junta General del comercio
de las provincias del Perú sobre diferentes puntos tocantes al estado de la Real hazienda, y del Comercio,
justificando las causas de su descaecimiento, y pidiendo todas las providencias que conviene para restablecer
en su mayor aumento el Real Patrimonio, y en su antigua comunicación, y prosperidad los comercios de
España y de las Indias ([ Madrid]: s. p. i., [1726]), pp. 2-3, 4 y 11-12. Véase Peralta Ruiz, Víctor.
«Un indiano en la corte de Madrid: Dionisio de Alsedo y Herrera y el Memorial informativo
del Consulado de Lima (1725)». En Histórica 27: 2, 2003, pp. 319-355, esp. 342-343.

87. Machado de Chaves, Mariano. «Memorial arbitrativo, político, legal, sobre el estado decadente
de los reinos del Perú, Tierra Firme, Chile, y provincias del Río de la Plata en la América,
sus causas y remedios y como el más importante se propone la inversión de la actual carrera
de Galeones, entre otros medios y arbitrios de la mayor importancia para el aumento de la
Real Hacienda y comercios hizo Mariano Machado de Chaves y Osorio quien lo ofrece a la

[p.98]

========

Católica Majestad del Rey Nro. Sor. El Señor Dn. Carlos 3.° de Borbón y Farnesio», Madrid,
1 de octubre de 1759, ms. II/2817, BPR . Véase, también, su «Estado político…» (1747; 1759).

88. P arrón Salas, Carmen. De las reformas borbónicas a la República: el Consulado y el comercio marítimo
de Lima, 1778-1821. San Javier, Murcia: Academia General del Aire, 1995, pp. 488-489;
Mazzeo, Cristina A. El comercio libre en el Perú: las estrategias de un comerciante criollo, José de
Lavalle y Cortés conde de Premio Real, 1777-1815. Lima: Pontificia Universidad Católica del
Perú, 1994, pp. 166-167; Fisher, John. The Economic Aspects of Spanish Imperialism in America,
1492-1810. Liverpool: Liverpool University Press, 1997.

89. P ara casos de corrupción más tempranos vinculados al contrabando, consúltese Suárez,
Margarita. Comercio y fraude en el Perú colonial: las estrategias mercantiles de un banquero. Lima:
Instituto de Estudios Peruanos, 1995, pp. 30-32, y Desafíos transatlánticos: mercaderes, banqueros
y Estado en el Perú virreinal, 1600-1700. Lima: Pontificia Universidad Católica del Perú, 2001,
pp. 64-66 y 303-305.

90. Moutoukias, Zacarías. «Power, Corruption, and Commerce: The Making of the Local
Administrative Structure in Seventeenth-Century Buenos Aires». En Hispanic American
Historical Review 68, 1988, pp. 771-801; Saguier, Eduardo. «La corrupción administrativa
como mecanismo de acumulación y engendrador de una burguesía comercial local». En
Anuario de Estudios Americanos 46, 1989, pp. 261-303; y Socolow, Susan. The Bureaucrats of
Buenos Aires, 1769-1810: Amor al Real Servicio. Durham: Duke University Press, 1987, cap. 8.

[p.99]

========

91. P ara una nueva interpretación del fallido gobierno de Colón en Santo Domingo, resultado
de unos inmanejables conflictos internos según una devastadora pesquisa judicial por
Francisco de Bobadilla, véase Varela, Consuelo. La caída de Cristóbal Colón. Edición y transcripción
de Isabel Aguirre. Madrid: Marcial Pons, 2006, pp. 23-24, 27, 71-73 y 86-87; Cortes,
Hernán. Letters from Mexico. Edición, traducción e introducción de Anthony Pagden, y ensayo
introductorio de J. H. Elliott. New Haven, Conn.: Yale Nota Bene, 2001; y Varón, Rafael.
La ilusión del poder: apogeo y decadencia de los Pizarro en la conquista del Perú. Lima: Instituto de
Estudios Peruanos, Instituto Francés de Estudios Andinos, 1996, pp. 176-177 y 364-365.
Para relaciones corruptas, entre conquistadores y gobernadores en América con ministros
del Consejo de Indias, descubiertas en una visita ordenada por Carlos V a comienzos del
decenio de 1540, consúltese Acosta, Antonio. «Estado, clases y Real Hacienda en los inicios
de la conquista del Perú». En Revista de Indias 66: 236, 2006, pp. 57-86, esp. 82-83.

92. L orandi, Ana María. Ni ley, ni rey, ni hombre virtuoso: guerra y sociedad en el virreinato del Perú, siglos
XVI y XVII. Barcelona: Editorial Gedisa, 2002, pp. 86, 106 y 124, donde se cita a Lohmann
Villena, Guillermo. Las ideas jurídico-políticas en la rebelión de Gonzalo Pizarro: la tramoya doctrinal
del levantamiento contra las Leyes Nuevas en el Perú. Valladolid: Universidad de Valladolid, 1977;
y Puente, José de la. Encomienda y encomenderos en el Perú: estudio social y político de una institución
colonial. Sevilla: Diputación Provincial, 1992, pp. 20-30.

[p.100]

========

93. Para una interpretación distinta y relativista del significado de las leyes coloniales, del
«bien común» y de la «corrupción», véase Herzog, Tamar. Upholding Justice: Society, State,
and the Penal System in Quito (1650-1750). Ann Arbor: University of Michigan Press, 2004,
pp. 159-160; y Pietschmann, Horst. «Corrupción en las Indias españoles: revisión de un debate
en la historiografía sobre Hispanoamérica colonial». En González Jiménez, Manuel et
ál. Instituciones y corrupción en la historia. Valladolid: Universidad de Valladolid, 1998, pp. 33-52,
esp. 45-46, en debate con la postura opuesta de Saguier, Eduardo. Ob. cit., respaldada por
Patch, Robert. «Imperial Politics and Local Economy in Colonial Central America 1670-
1770». En Past and Present 143, 1994, pp. 77-107.

[p.101]

========

94. C osta, Miguel. «Patronage and Bribery in Sixteenth-Century Peru: The Government of
Viceroy Conde del Villar and the Visita of Licentiate Alonso Fernández de Bonilla». Tesis
de Ph. D. Miami, Fla.: Florida International University, 2005, cap. 5, pp. 323-326. Véase,
también, Holguín Callo, Oswaldo. Poder, corrupción y tortura en el Perú de Felipe II: el doctor Diego
de Salinas (1558-1595). Lima: Fondo Editorial del Congreso, 2002, pp. 120-125.

95. «Memorial del maestre de campo Lázaro Julca Guamán», Los Reyes, 20 de noviembre de
1649; Memorial del párroco licenciado Alonso de Quesada Salazar, Lima, 8 de abril de 1650;
y «Relación que hace a S. M. y su Real Consejo de Indias el Dr. don Pedro Vázquez de
Velasco fiscal de la R. Audiencia de Lima y Juez de Residencia del marqués de Mancera...»,
Lima, 15 de marzo de 1650, en «Expedientes respectivos a la residencia tomada al marqués
de Mancera que sirvió en el virreinato del Perú: año de 1641 a 1653», Gobierno, Lima, leg.
278, AGI. Con respecto al patronazgo y corrupción de los virreyes príncipe de Esquilache
(1615-1621) y conde de Chinchón, véase Torres Arancivia, Eduardo. Corte de virreyes: el entorno
del poder en el Perú del siglo XVII. Lima: Pontificia Universidad Católica del Perú, 2006, cap. 3.

[p.102]

========

96. Real decreto, 4 de febrero de 1662, citado en Gobernador del Consejo de Indias, Antonio
Monsalve, y Gil de Castejón a Su Majestad, Madrid, 26 de julio de 1662, en «Visita de la
Audiencia y demás tribunales de Lima, 1654-1672», Gobierno, Lima, leg. 280, AGI.
97. A nónimo. «Avisos tocantes a los grandes fraudes que hay en el Reyno del Perú contra la
Real Hacienda de Su Magd. y otras cosas que se deben remediar», Lima, 12 de noviembre
de 1660, punto 1 de 28, f. 1 de 18, en «Visita de la Audiencia», Gobierno, Lima, leg. 280,
AGI.

98. I bíd., puntos 3 y 4, ff. 2v-4v.
99. I bíd., puntos 10, 12 y 13, ff. 8-8v y 10v-12.
100. I bíd., punto 2, ff. 2-2v.

[p.103]

========

101. Gobernador, Monsalve, y Castejón a Su Majestad, Madrid, 26 de julio de 1622, en «Visita
de la Audiencia», Gobierno, Lima, leg. 280, AGI.

102. Juan Cornejo, Visitador General de Lima, a S. M., Lima, 29 de noviembre de 1664, y Reina
Gobernadora a Francisco Antonio Mansolo, Contaduría Mayor de Cuentas de los Reyes,
Madrid, 23 de marzo de 1668, en «Visita de la Audiencia», Gobierno, Lima, leg. 280, AGI.

[p.104]

========

103. Cornejo a S. M., Panamá, 20 de abril de 1667, incluyendo el «Informe que hace a Su Magd.
el doctor Juan Cornejo visitador de la Real Audiencia de Lima sobre lo sucedido en el
asiento de minas de la Ycacota», fechado en Lima, 31 de mayo de 1666, en «Visita de la
Audiencia», Gobierno, Lima, leg. 280, AGI.

[p.105]

========

104. Quiroz Chueca, Francisco. «Movimiento de tierra y de piso: el terremoto de 1746, la
corrupción en el Callao y los cambios borbónicos». En Investigaciones Sociales 3: 4, 1999,
pp. 37-50, esp. 43-45.

105. Latasa, Pilar. «Negociar en red: familia, amistad y paisanaje; el virrey Superunda y sus
agentes en Lima y Cádiz (1745–1761)». En Anuario de Estudios Americanos 60: 2, 2003,
pp. 463-492, esp. 472-475.

106. Moreno Cebrián, Alfredo. Relación y documentos de gobierno del virrey del Perú, José A. Manso
de Velasco, conde de Superunda (1745-1761). Madrid: Consejo Superior de Investigaciones
Científicas, Instituto Gonzalo Fernández de Oviedo, 1983, pp. 23-26.

107. F isher, John. Government and Society…, p. 11. Véase, también, la biografía de Sáenz-Rico,
Alfredo. El virrey Amat: precisiones sobre la vida y la obra de don Manuel de Amat y de Junyent.
Barcelona: Museo de Historia de la Ciudad, 1967, vol. 1, cap. 2.

108. Residencia a Manuel Amat y Junyent por Melchor Jacot Ortiz Rojano regente de la Audiencia
de Lima, año 1777, 121 piezas, Consejos, legs. 20332-20343 y 20348-20349, AHN.

109. A ragón, Ilana Lucía. «El teatro, los negocios y los amores: Micaela Villegas, “La Perricholi”».
En Pardo-Figueroa, Carlos y Joseph Dager (eds.). El virrey Amat y su tiempo. Lima: Instituto
Riva-Agüero, Pontificia Universidad Católica del Perú, 2004, pp. 353-404, esp. 368 y 381.

[p.106]

========

110. «Estos [oficiales reales de hacienda] han aspirado y aspiran a enriquezer con semejantes
empleos» (Amat y Junyent, Manuel. Memoria de gobierno…, p. 351; y «considerando que
siendo los corregidores las manos y conductos para la administración y buen gobierno del
reino [...] con el desconsuelo de saber que todas las líneas que tiran únicamente se dirigen
al punto céntrico del interés y propia utilidad» (Amat y Junyent, Manuel. Memoria de gobierno…,
p. 191). Véase, también, «El virrey del Perú, Manuel de Amat, informa al Rey del estado
de las audiencias del virreinato y en especial de la de Lima, compuestas por magistrados
ignorantes y venales; propone algunas medidas para atenuar esos males», Lima, 13 de enero
de 1762, ms. 1995, sección Manuscritos, Biblioteca Nacional, Buenos Aires, publicado en
Revista de la Biblioteca Nacional 24, 1942, pp. 345-350.

111. C ampbell, Leon G. «A Colonial Establishment: Creole Domination of the Audiencia of
Lima during the Late Eighteenth Century». En Hispanic American Historical Review 52, 1972,
pp. 1-25, esp. 6-7; Quiroz Chueca, Francisco. Ob. cit., pp. 41-42, donde se cita la pesquisa
de 1764 contra Oselle en Consejos, leg. 20328, exp. 1, pieza 9, AHN; y Moreno Cebrián,
Alfredo. Relación y documentos del virrey…, p. 26. Con respecto a la enemistad entre Amat
y el grupo de Bravo del Rivero, que incluía al académico y satírico Francisco Ruiz Cano,
marqués de Soto Florido, véase Lohmann Villena, Guillermo. «Estudio preliminar». En su
edición Un tríptico del Perú virreinal: el virrey Amat, el marqués de Soto Florido y la Perricholi: el drama
de dos palanganas y su circunstancia. Chapel Hill: University of North Carolina Department
of Modern Languages, 1976, p. 36.

[p.107]

========

112. «Demandas particulares: Colegiales del Real Colegio de San Felipe y San Marcos sobre
paga de pesos» y «José Muñoz Bernardo de Quirós marqués de Bellavista con Manuel de
Amat, sobre paga de pesos procedentes del remate de unas haciendas», Consejos, legs.
20342-20343, exp. 1, caja 1, piezas 145, 152, 154–155 y 157 (años 1778-1803), AHN; y
«Herederos del oidor Pedro Bravo del Rivero contra los del virrey Amat y los de José
Perfecto Salas, asesor que fue del anterior, sobre pago de daños y perjuicios», Consejos,
leg. 21269, AHN, así como, también, Consejos, leg. 20297, exp. 4, y leg. 20298, exp. 1, AHN.
Con respecto a los «escandalosos sobornos» recibidos por Salas, véase Donoso, Ricardo.
Un letrado del siglo xviii, el doctor José Perfecto Salas. Buenos Aires: Universidad de Buenos Aires,
1963, vol. 1, pp. 12 y 215.

113. Véase Ricketts, Mónica. «Pens, Politics, and Swords: The Struggle for Power during
the Breakdown of the Spanish Empire in Peru and Spain, 1760-1830». Tesis de Ph.
D. Cambridge, Mass.: Universidad de Harvard, 2007, cap. 3, donde cita correspondencia
entre Areche y Guirior, quienes se quejan del número y costo inexplicado de las tropas,
inmediatamente después del gobierno de Amat, Secretaría de Guerra, leg. 7128, exps. 11,
18, 20 y 22, Archivo General de Simancas.

114. A mat y Junyent, Manuel. Memoria de gobierno…, cap. 25; y Aljovín, Cristóbal. «Los compradores
de Temporalidades a fines de la colonia». En Histórica 14, 1990, pp. 183-233.

[p.108]

========

115. Residencia a Manuel Amat, Consejos, leg. 20341, exp. 1, docs. 1 y 7; leg. 20338, exp. 1, doc.
19; y leg. 20342, exp. 1, doc. 10, AHN.

116. Campbell, Leon G. Ob. cit., 8, nota 30; Burkholder, Mark. «From Creole to Peninsular:
The Transformation of the Audiencia of Lima». En Hispanic American Historical Review 52,
1972, pp. 395-415, esp. 403-404; y Lohmann Villena, Guillermo. Los ministros de la Audiencia
de Lima en el reinado de los Borbones (1700-1821): esquema de un estudio sobre un núcleo dirigente.
Sevilla: EEHA, 1974, p. XLVIII , y «Estudio preliminar» en su edición Un tríptico del Perú
virreinal…, pp. 37-39.

117. Burkholder, Mark A. Politics of a Colonial Career: José Baquíjano and the Audiencia of Lima.
Wilmington, Del.: Scholarly Resources, 1990, pp. 41-42, 52 y 115-116.

118. «Expediente de Olavide y Casa Calderón sobre falsedad de escritura», 1761, y «Operaciones
y procedimientos de Dn. Pablo Olavide y Jáuregui, oidor de la Real Audiencia de Lima,

[p.109]

========

a raíz de la causa que sigue el marqués de Negreiros, apoderado de Dn. Domingo de
Jáuregui, presidente actual de la Real Audiencia de Charcas, sobre intereses», Gobierno,
Lima, leg. 813, AGI; y «Cádiz, año 1755: autos hechos en virtud de Real Orden de S. M.
sobre embargar los caudales pertenecientes a Dn. Pablo Olavide», Consejos, leg. 20212,
AHN. Olavide alteró ilegalmente un instrumento de préstamo en el que originalmente aparecía
como deudor del marqués de Casa Calderón por 42.651 pesos, para figurar más bien
como acreedor por igual monto y así proceder a prestar fraudulentamente dicha suma a
una tercera persona a una tasa del 5 por ciento de interés. Véase, también, Quiroz, Alfonso
W. Deudas olvidadas..., pp. 108-109. En España se unió al grupo ilustrado y fue nombrado
intendente de Andalucía, donde se esforzó por colonizar la Sierra Morena. Este hecho y
otros ambiciosos esfuerzos reformistas le trajeron problemas con la Inquisición, según su
propia confesión: «embebido en estas vehemencias habló sin reflexión, con temeridad, con
imprudencia [...] y de todo quanto a su parecer podía impedir o dejar de fomentar estos
proyectos». Fue sentenciado por la Inquisición como hereje formal en 1778: «Sentencia de
don Pablo de Olavide» y «Relación del auto de fe de don Pablo de Olavide, 24 de noviembre
de 1778», en Barry, David. «Colección de notas…», ff. 258-260, 283-289.

119. «Representación que el Excmo. Sr. D. Manuel Guirior, virrey del Perú, hizo al Ministerio
de las Indias en 5 de noviembre de 1778 sobre el estado actual de aquel reino [...]»,
ff. 300-308v, ms. II/2853, BPR.

120. Joiner Gates, Eunice. «Don José Antonio de Areche: His Own Defense». En Hispanic
American Historical Review 8, 1928, pp. 14-42, esp. 23-26; y Fisher, John. Government and
Society…, p. 19.

[p.110]

========

121. Campbell, León G. Ob. cit., pp. 7-9; Burkholder, Mark. «From Creole to Peninsular…»,
pp. 401-403; y Palacio Atard, Vicente. Areche y Guirior: observaciones sobre el fracaso de una visita
al Perú. Sevilla: EEHA, 1946.

122. «Índice de los expedientes que se hallan en esta vía reservada de quejas dadas contra el virrey
Manuel Guirior por varios particulares», en «Expedientes sobre competencias entre el
visitador del Perú, José Antonio de Areche y el virrey Manuel de Guirior en el desempeño
de la visita de aquel, y sobre la residencia de dicho virrey que le toma Fernando Marquez
de la Plata, alcalde del crimen de la Audiencia de Lima», Gobierno, Lima, leg. 780, AGI.

123. Carta reservada n.° 145, Areche a Gálvez, Lima, 29 de octubre de 1779, en «Expedientes
sobre competencias», Gobierno, Lima, leg. 780, AGI.

124. Guirior al Rey [y a Gálvez], Lima, 24 de agosto de 1780, en «Expedientes sobre competencias
», Gobierno, Lima, leg. 780, AGI.

[p.111]

========

125. Areche a Gálvez, reservado n.º 3, Lima, 31 de octubre de 1783, y Madrid, 17 de marzo de
1787, en «Expedientes sobre competencias», Gobierno, Lima, leg. 780, AGI.

126. Garcilaso de la Vega, Inca. Comentarios reales. Edición de César Pacheco Vélez, Alberto
Tauro y Aurelio Miró Quesada. Lima: Banco de Crédito, 1985. Véase, también, la edición
y selección de esta obra por Mercedes Serna (Madrid: Editorial Castalia, 2000).

127. Guamán Poma, al igual que Condorcanqui 175 años más tarde, propuso abolir el cargo
de corregidor: «[E]s muy justo y conveniente que los dichos corregidores de los indios se
quite, y el salario que se aplique a la defensa de la corona real» (Guamán Poma de Ayala,
Felipe. Nueva corónica…, vol. 2, p. 345). Del mismo modo, propuso otras reformas a favor
de los indios, su trabajo en las minas y su recuperación demográfica.

128. F isher, John. Government and Society…, p. 22; y Garrett, David. Shadows of Empire: The Indian
Nobility of Cusco, 1750-1825. Nueva York: Cambridge University Press, 2005, pp. 197-210.

129. Garret, David. Shadows of Empire..., pp. 202-204.

[p.112]

========

130. O ’Phelan Godoy, Scarlett. Un siglo de rebeliones anticoloniales: Perú y Bolivia 1700-1783. Cuzco:
Centro Bartolomé de las Casas, 1988, cap. 5, y La gran rebelión en los Andes: de Túpac Amaru
a Túpac Catari. Cuzco: Centro Bartolomé de las Casas/Petroperú, 1995, cap. 6.

131. F isher, John. Government and Society…, pp. 55-61, y Bourbon Peru 1760-1824. Liverpool:
Liverpool University Press, 2003, pp. 34 y 39-40.

[p.113]

========

132. E n el periodo 1777-1780, Areche no logró reformar Huancavelica, ni librarse de corruptos
intereses locales, al nombrar al contratista minero Nicolás González Saravia y Mollinedo
para que cumpliera con ciertos niveles productivos a bajo costo. Este hecho condujo a la
indignada queja de José Fernández de Palazuelos, el desplazado gobernador acusado de
prácticas ilegales. Este culpó a «Galvez, Areche, Guirior y compañía» por el desastroso
daño público que consideraba habían provocado en el Perú, en «Peru, 1782 y 1784: informes
dados por D. José Fernández de Palazuelos sobre el gobierno y estado de dicho virreinato
», Ministerio de Guerra, caja n.° 5590, subcarpeta 5-B-9, Servicio Histórico Militar,
Madrid (SHM). Véase también Fisher, John. Silver Mining and Silver Miners…, pp. 20-21.

133. «Informe sobre el mal estado de policía, costumbres y administración de la ciudad de
Lima y conveniencia de establecer en ella el Tribunal de la Acordada, a semejanza del de
México», Escobedo a Croix, ca. 1786, Manuscritos de América, ms. 19262, BNM.

[p.114]

========

134. C arrió de la Vandera, Alonso (alias Concolorcorvo). El Lazarillo de ciegos caminantes. Edición
e introducción de Antonio Lorente Medina. Caracas: Biblioteca Ayacucho, 1985 [1776] (según
recientes estudios bibliográficos el pie de imprenta original (Gijón, 1773) es apócrifo
y la primera edición de 1776 se realizó en Lima). Traducido como El Lazarillo: A Guide for
Inexperienced Travelers between Buenos Aires and Lima. Edición y traducción de Walter D. Kline.
Bloomington: Indiana University Press, 1965.

135. C arrió de la Vandera, Alonso. Reforma del Perú. Edición y prólogo de Pablo Macera. Lima:
Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 1966, pp. 67 y 100.

136. Quiroz, Alfonso W. Deudas olvidadas, pp. 142-149.

[p.115]

========

137. F isher, John. «Redes de poder en el virreinato del Perú, 1776-1824: los burócratas». En
Revista de Indias 66: 236, 2006, pp. 149-164, esp. 156.

[p.116]

========

138. Arellano Hoffmann, Carmen. «El intendente de Tarma Juan Ma. de Gálvez y su juicio
de residencia (1791): aspectos de la corrupción en una administración serrana del Perú».
En Histórica 20: 1, 1996, pp. 29-57, sobre la base del juicio de residencia del intendente
Gálvez, Consejos, leg. 20347, AHN; y Antonio de Villa Urrutia al Intendente Tomás
Samper, 24 de septiembre de 1798, concerniente al «ingente descubierto que resultó contra
el subdelegado don Carlos Rogers y ministros de Rl. Hacienda de la caja foránea que
residía en el partido de Carabaya», Colección R. P. Julián Heras, n.° 19, Archivo Histórico
Militar del Perú.

139. L agos, Josef de. «Proyecto económico a fabor de los Indios y habitantes del Reyno del
Peru...», Cádiz, 13 de octubre de 1786, y «Reflexiones a fabor de los Reynos del Perú»,
Madrid, 10 de julio de 1787, en Gobierno, Lima, leg. 1029, AGI.

140. S ala i Vila, Núria. Y se armó el tole tole: tributo indígena y movimientos sociales en el virreinato
del Perú, 1790-1814. Huamanga: Instituto de Estudios Rurales José María Arguedas, 1996,
pp. 56-60.

141. F isher, J. R. (ed.). Arequipa, 1796-1811: la Relación de Gobierno del intendente Salamanca. Lima:
Seminario de Historia Rural Andina, Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 1968,

[p.117]

========

pp. XX y XIV, y «Relación de gobierno que forma Bartolomé María de Salamanca», Arequipa,
31 de enero de 1812, Boletín de la Sociedad Geográfica de Lima 10, 1900, pp. 207-236 y 312-337,
esp. 210, 236 y 312-313. Véase, también, Brown, Kendall. Bourbons and Brandy: Imperial Reform
in Eighteenth-Century Arequipa. Albuquerque: University of New Mexico Press, 1986, p. 92.

142. E l intendente Marquez de la Plata descubrió «el fraude y mala versación en las substracciones
en que incurrió el director de labores dn. Francisco Marroquín, dn. Francisco Sánchez
Tagel como sobre estante de la Rl. Quilca, y dn. Antonio García sobre estante de la mina,
inmediatamente los puso presos, les confiscó sus bienes [...] formándoles la correspondiente
causa criminal», en «Demanda seguida por dn. Gregorio Delgado en la residencia del
Señor dn. Fernando Marquez de la Plata en Huancavelica a 9 de marzo de 1791», Consejos,
leg. 20347, exp. 1, doc. 1, f. 80v, AHN. Con respecto al colapso de la mina de Santa Bárbara
en 1786 y la responsabilidad que le tocaba a Marquez en el asunto, un viejo minero aseveró
que «desde la entrega [de la mina] del señor [Antonio de] Ulloa, aseguraban todos debía
caerse o sentarse aquella parte de la mina [...] lo que también se afirma con lo que públicamente
dijo el señor visitador Areche las tres veces que reconoció con prácticos el citado
paraje antes de la ruina [de 1786]», en «Demanda», ff. 126v-27. Véase, también, Fisher,
John. Silver Mines and Silver Miners…, pp. 75 y 78.

143. A vilés fue acusado por los mineros de plata de haber prohibido «la venta de azogues al
fiado con el plazo que estaba en costumbre [...] en todo lo cual han recibido los mineros
conocido perjuicio y agravio y también la causa pública [...] la prohibición de azogues al
fiado imposibilita a la mayor parte de los mineros que carecen de fondos para comprarlos
inmediatamente y los obligó a haberlos de segundas manos y a mayor precio del establecido
por punto general y aun a recurrir a esos cohechos o gratificaciones [imputadas al
comisionado de las ventas de azogue Felipe del Risco]», en «Cuaderno 1.º del Juicio Secreto
de la Residencia del Exmo. Sor. marqués de Avilés del tiempo que fue virrey governador y
capitán general de estos reinos del Perú. Año de 1807», Consejos, leg. 20350, exp. 1, doc.
1, 224v-225, AHN. Además, «[M]uchos mineros [...] han hecho banca rota de las habili

[p.118]

========

taciones recibidas tanto que fue preciso mandarlas suspender por decreto de quinze de
abril de [1795...] que los mineros deben imputar a su mala correspondencia y desperdicios
su poca prosperidad y no a las providencias del gobierno [...]», en «Cuaderno», f. 244.
En 1806, la deuda total pendiente del mercurio entregado a crédito a los mineros era de
550.000 pesos (Fisher, John. Silver Mines and Silver Miners…, p. 82).

144. «[U]na relación de providencias públicas, que por su general ramificación abrazan los sólidos
fundamentos de una universal reforma. Expuesta ésta a las decepciones del celo y al
orgullo de los sistemas, suele producir multiplicados males de difícil remedio y peligrosa
curación: aún en la práctica de las mejoras no se encuentran las más veces las ventajas
proclamadas por la teoría; y el pueblo amante de la novedad pero esclavo de la costumbre,
no examinando con reposo lo que se aparta de sus envejecidos abusos, presenta con
irreflexión a las innovaciones más útiles el temible obstáculo del disgusto y la censura. Por
operaciones tranquilas y lentas ha de restablecerse la decadencia del Perú, pues en los cuerpos
políticos como en los físicos, los suaves paliativos son, en ocasiones, más a propósito
que las grandes medicinas» (Memoria del virrey del Perú marqués de Avilés. Edición de Carlos
Alberto Romero. Lima: Imprenta del Estado, 1901, p. 4).

145. Klein, Herbert. The American Finances of the Spanish Empire: Royal Income and Expenditures in
Colonial Mexico, Peru, and Bolivia, 1680-1809. Albuquerque: University of New Mexico Press,
1998, p. 53.

146. Quiroz, Alfonso W. Deudas olvidadas, pp. 134-136 y 145-146; y Peralta, Víctor. En defensa de
la autoridad: política y cultura bajo el gobierno del virrey Abascal, Perú, 1806-1816. Madrid: Consejo
Superior de Investigaciones Científicas, 2002, cap. 3, y «El virrey Abascal y el espacio de
poder en el Perú (1806-1816): un balance historiográfico». En Revista de Indias 66: 236,
2006, pp. 165-194.

[p.119]

========

147. A ndrés Vega Salazar a M. P. S., Lima, 10 de enero de 1809, Junta Central Gubernativa del
Reino y del Consejo de Regencia, Estado, leg. 54, n.° 45, ff. 1v-2, AHN. Esta crítica de los
corruptos funcionarios criollos y peninsulares que se encontraban profundamente inmersos
en conflictos de interés (puesto que contra lo que las normas estipulaban, ellos tenían
propiedades en la zona y vínculos familiares con la élite local) nombraba a las siguientes
personas: Manuel García [de la Plata], Domingo Arnaiz, José Pareja, Manuel María del
Valle, Juan del Pino Manrique y Tadeo Bravo. Este último, residente en España, fue acusado
de haber sobornado al primer ministro Manuel Godoy, para así obtener cargos para los
miembros del cabildo de Lima.

148. C ampbell, Leon. «The Army of Peru and the Tupac Amaru Revolt, 1780-1783». En
Hispanic American Historical Review 56, 1976, pp. 31-57, y The Military and Society in Colonial
Peru, 1750-1810 (Filadelfia: American Philosophical Society, 1978; y Marchena Fernández,
Juan. «The Social World of the Military in Peru and New Granada, 1784-1810». En Fisher,
John; A. Kuethe y A. McFarlane (eds.). Reform and Insurrection in Bourbon New Granada and
Peru. Baton Rouge: Louisiana State University Press, 1990, pp. 54-95.

149. Pezuela a Secretario de Estado (Hacienda), Lima, 30 de noviembre de 1818, n.° 333, urgiendo
que se concediera a «los militares algunas recompensas en la carrera de Hacienda»,
Gobierno, Lima, leg. 761, AGI; y Pezuela a Juan de la Madrid Dávila (Secretario del Supremo
Consejo de Estado), Lima, 2 de noviembre de 1820, Gobierno, Lima, leg. 762, AGI.

[p.120]

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150. Manuel González (casado con la condesa de Villar de Fuentes) al exvirrey Abascal, Lima,
12 de diciembre de 1818, Archivo Abascal, Diversos, leg. 5, ramo 1, doc. 46, AGI: «Hay cosas
que no se dicen, como se siente, así no puedo explicar a V. E. el anhelo de este déspota
[Pezuela] en proporcionar a Osorio cuanto ha pedido para el logro de su empresa. Las contribuciones
casi forzadas, los desaires a los hombres de bien, los recursos para sacar plata y
la mala política con que se maneja son otros tantos absurdos que vienen asombrando todo
el reino. Por que le diesen 300 mil pesos unos comerciantes emigrados de Chile, unidos
con varios de este comercio le ha concedido el permiso de poder llevar en los buques de la
expedición 50 mil arrobas de azúcar y 500 mil mazos de tabaco saña libres de todo derecho,
y puestos de cuenta de la Rl. Hacienda en el Reino de Chile; donde no podrá el rey ni
particular alguno introducir estos artículos hasta después de un año de pacificado el reino».
Véase, también, González a Abascal, Lima, 10 de diciembre de 1817 y 10 de abril de 1818,
también en Archivo Abascal, Diversos, leg. 5, ramo 1, doc. 46, AGI.

151. L a Serna a Secretario de Estado (Hacienda), Cuzco, 16 de septiembre de 1822, 20 de
septiembre de 1822 y 1 de noviembre de 1822, Gobierno, Lima, leg. 762, docs. 12, 15 y
18, AGI. Para las rivalidades mercantiles y los problemas políticos de este complejo periodo
final del control hispano en el Perú, véase Marks, Patricia. «Power and Authority
in Late Colonial Peru: Viceroys, Merchants, and the Military, 1775-1821». Tesis de Ph. D.
Princenton, N.J.: Universidad de Princeton, 2003, 2 vols.; y Parrón Salas, Carmen. Ob. cit.,
pp. 130-137; y Ricketts, Mónica. Ob. cit., cap. 6.

[p.121]

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152. A demás de las obras clásicas de Juan y Ulloa, Machado de Chaves y Aponte, citadas previamente,
las recientes y detalladas investigaciones sobre el ingreso, las remesas y la correspondencia
privada de los virreyes, basadas en la obra de Moreno Cebrián y Sala i Vila, El
«Premio» de ser virrey…, vienen transformando las nociones y la cuantificación de la corrupción
colonial. Véase, también, Costa, Miguel. Ob. cit.; Holguín, Oswaldo. Ob. cit.; Torres
Arancivia, Eduardo. Ob. cit.; Crahan, Margaret. «The Administration of Don Melchor de
Navarra y Rocafull, Duque de la Palata: Viceroy of Peru, 1681-1689». En The Americas 27:
4, 1971, pp. 389-412; Latasa, Pilar. Ob. cit.; Sáenz-Rico, El virrey Amat…; y otros estudios
detallados sobre gobiernos virreinales específicos.

[p.122]

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153. TePaske, John y Richard Garner. «Annual Silver Data: Colonial Lower and Upper Peru,
1559-1821». Disponible en <https://home.comcast.net/~richardgarner05/TPfiles/PeruS.
xls>. Véase, también, Garner, Richard. «Long-Term Silver Mining Trends in Spanish
America». En American Historical Review 93, 1988, pp. 898-935.

154. Klein, Herbert. American Finances, cuadros 3.9 y 4.7, complementados con cifras para el periodo
1810-1819, provenientes de TePaske, John y Herbert Klein con Kendall Brown, The
Royal Treasuries of the Spanish Empire in America, vol. 1: Peru. Durham, N.C.: Duke University
Press, 1982.

[p.123]

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155. L as evaluaciones comparativas del éxito de las reformas borbónicas varían, de los resultados
más positivos alcanzados en Cuba y México, a resultados mixtos en Perú y su fracaso
en gran parte en Nueva Granada; véase Stein, Stanley. «Bureaucracy and Business in
Spanish America, 1759-1804: Failure of Bourbon Reform in Mexico and Peru», y la crítica
de Jacques Barbier y Mark Burkholder. En Hispanic American Historical Review 61, 1981,
pp. 2-28; Kuethe, Allan y G. Douglas Inglis, « Absolutism and Enlightened Reform: Charles
III, the Establishment of the Alcabala, and the Commercial Reorganization in Cuba». En
Past and Present n.° 109, 1985, pp. 118-143; Brown, Kendall. Bourbons and Brandy, 214-15;
Quiroz, Alfonso. «Implicit Costs of Empire …»; y Fisher, John; Allan Kuethe y Anthony
McFarlane (eds.). Reform and Insurrection.

[p.126]


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